¿Cómo registrarse en la PROSOC?

PROSOC

Si eres administrador de condominios en México y tu zona de trabajo es el Distrito Federal es importante que conozcas la Procuraduría Social (PROSOC).

 

La PROSOC es el órgano de gobierno encargado de regular la vida en condominio en el Distrito Federal. Regula desde las funciones del administrador hasta el actuar de los condóminos pues tiene la facultad de conciliar conflictos que afectan la calidad de vida de las personas que viven bajo el régimen condominal.

 

Unas de las funciones de la PROSOC es llevar el registro de las personas que son administradores. Llevan el registro de los administradores profesionales como de residentes que se deciden a administrar su condominio. También la PROSOC da legalidad al libro de actas, recibe quejas entre condóminos y a petición de la administración, manda requerimientos de pago a morosos, etc.

 

Para registrarte como administrador dentro de este órgano primero debes identificar qué tipo de administrador eres:

 

Por Artículo 40 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF). Este caso sucede cuando la constructora del inmueble nombra a la primera administración. Si estas en este supuesto los requisitos para registrarte son:

Por parte de la constructora,

  • la carta donde la constructora te nombre como administrador,
  • acta constitutiva de la constructora,
  • identificación oficial del representante legal (esta puede ser una copia),

 

Por parte del administrador,

  • solicitud de registro de administrador

 

Por Artículo 32-III (LPCIDF). En este supuesto el 20% de los condóminos solicitan a la PROSOC la convocatoria de la asamblea en donde se va a elegir el administrador. Este artículo se refiere a los casos donde se va a solicitar el registro ante la PROSOC del condominio por primera vez o cuando el registro no se renovó y se perdió. Los requisitos para solicitarlo es entregar los siguientes documentos del 20% de los condóminos:

 

  • Solicitud de asamblea con la firma
  • copia de su escritura o predial o contrato de compraventa
  • copia de una identificación oficial del dueño del inmueble

 

Esta documentación se debe entregar por un representante del condominio en las oficinas de la PROSOC de su delegación. Posteriormente la PROSOC entregará al representante del condominio la convocatoria para realizar la Asamblea General de condóminos. Al concluir dicha asamblea el administrador seleccionado llevará  la documentación requerida de acuerdo al tipo de administrador que se eligió. En este caso se pide llevar el libro de actas ya con la minuta de la asamblea debidamente llenada y los acuses de recibido de la convocatoria.

 

Art 41 (LPCIDF). Cuando el administrador es elegido por asamblea general de condóminos. El administrador electo puede ser un administrador profesional o un vecino que funja como administrador, a este último la Ley lo denomina Administrador condómino. Esta modalidad se usará cuando se vaya a elegir un nuevo administrador o bien para renovar el registro ante la PROSOC. Los requisitos son:

 

El Administrador(a) Condómino 

  • Libro de actas debidamente autorizado y registrado para su cotejo ante la Procuraduría.
  • copia del acta de Asamblea General donde obre su nombramiento,
  • copia de identificación oficial vigente,
  • dos fotografías recientes tamaño infantil,
  • documento que acredite su calidad de condómino.

 

El Administrador(a) Profesional 

  • Libro de actas debidamente autorizado y registrado para su cotejo ante la Procuraduría,
  • copia del acta de Asamblea General donde obre su nombramiento,
  • copia de identificación oficial vigente,
  • dos fotografías recientes tamaño infantil,
  • copia del contrato de prestación de servicios firmado por los miembros del Comité de Vigilancia,
  • copia del acuse de la fianza entregada al Comité de Vigilancia,
  • copia vigente de certificación expedida por la Procuraduría, donde acredite haber tomado el curso de Administrador.

 

Es importante que una vez elegido el administrador de cada condominio asista al curso para administradores y comités de vigilancia impartido por la PROSOC. Curso que es muy sencillo y no tiene costo, para inscribirse puedes hacerlo en http://prosoc.df.gob.mx/. Este curso es un trámite indispensable para poder tomar la certificación como administrador profesional que otorga la PROSOC.

 

Espero que este artículo les haya servido, si les gustó ya saben compártanlo y por favor háganme llegar todas sus dudas al respecto.

 

5 thoughts on “¿Cómo registrarse en la PROSOC?

    • Hola, si solo es cambio de administrador, los requisitos siempre serán llevar el libro, con el acta de asamblea donde te nombraron, si no es así, entonces deberas juntas el 20% de firmas para que te hagan la convocatoria en la prosoc

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  2. Solicito me puedan aclarar lo siguiente: ¿ Es verdad que mientras no se registre un condominio en la Prosoc la ley de propiedad en condominio es letra muerta? En otras palabras, si en una unidad tenemos condóminos morosos, areas invadidas, nula entrega de cuentas etc. Y además no hay voluntad para registrarse el la Prosoc es imposible hacer que se cumpla la ley? Si bien es cierto que la ley relativa establece un minimo del 20% de unidades de propiedad para realizar el trámite en ningún articulo encuentro la condición del registro para la procedencia de quejas. Gracias.

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