¿Qué es el Régimen Condominal?

Un tema muy importante para nuestra gestión es saber qué es un Régimen Condominal.
El Régimen Condominal, es el acto jurídico formal que el propietario o propietarios de un inmueble, instrumentarán ante Notario Público, declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento, y en el que, dos o más personas teniendo un derecho privado, utilizan y comparten áreas o espacios de uso y propiedad común, asumiendo condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades de acuerdo al uso del inmueble, en forma conveniente y adecuada para todos y cada uno, sin demérito de su unidad de propiedad privativa.
Asimismo, una vez constituido el Régimen de Propiedad en Condominio, éste deberá de registrarse ante la Procuraduría Social del D.F., tal y como lo establece Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, en su Título Primero, capítulo I.

La Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio será instrumentada por un Notario Público, por manifiesto de un propietario o propietarios de un inmueble, quienes declaren su voluntad de establecer esa modalidad para su mejor aprovechamiento, quien les expedirá su escritura constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, la cual el mismo notario o el condómino, pueden llevarla a inscribir ante el Registro Público de la Propiedad.

Extinción del Condominio:

Para la extinción voluntaria del Régimen de Propiedad en Condominio, se acordará en Asamblea General Extraordinaria, a la que deberán asistir la mayoría simple de los condóminos y requerirá de un mínimo de votos que representen el 75% del valor total del condominio para que sean validas sus resoluciones. La extinción del Régimen de Propiedad en Condominio deberá constar en Escritura Pública, inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y  notificarse a la Procuraduría. (ART 13 LDPCDF*)

Si el inmueble sujeto al Régimen de Propiedad en Condominio estuviera en estado ruinoso o se destruyera en su totalidad por cualquier tipo de siniestro o en una proporción que represente más del 35% de su valor, sin considerar el valor del terreno y según peritaje practicado por las autoridades competentes o por una Institución Financiera autorizada, se podrá acordar en Asamblea General Extraordinaria con la asistencia mínima de la mayoría simple del total de condóminos y por un mínimo de votos que representen el 51% del valor total del condominio y la mayoría simple del numero total de condóminos. (ART 83 LDPCDF*)

 

LDPCDF* (Ley De Propiedad En Condominio De Inmuebles Para El Distrito Federal)

One thought on “¿Qué es el Régimen Condominal?

  1. Aparte de lo que explican este régimen ayuda a crear sanciones por el mal uso del inmueble por parte de los condóminos ,el adminitrador,representantes, morosos y ayuda ante un siniestro ?

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